Recopilación de sentencias, resoluciones, juicios y autos publicados en el Registro Oficial del 30 de junio de 2023.

La presente publicación no constituye opinión ni consejo legal, pues se trata de una mera invitación al foro a revisar la Edición Jurídica del Registro Oficial, de cara a abrir un debate académico o profesional.

Juicio No. 1588-2014

Antecedente fáctico: Un trabajador demandó a su ex empleadora por despido intempestivo.

Problema Jurídico: El recurrente alegó vulneración de los artículos 17, 75, 76, 82, 179,172 y 326 de la Constitución; y 335 y 1014 del Código de Procedimiento Civil, bajo la causal segunda del artículo 3 de la Ley de Casación. De igual forma, violación de los artículos 115, 116, 177, 207 y 208 del Código de Trabajo, por la causal tercera de la Ley de Casación.

Ratio Decidendi: Dentro del análisis efectuado por el tribunal de casación, respecto a la causal segunda en cuanto a la nulidad, por no haberse aceptado los recursos de apelación y, de hecho. La parte actora no había interpuesto recurso de ampliación o aclaración, sino apelación. Se estableció que, no se proveyó el escrito de apelación del actor y así de forma indebida se ha concedido el recurso de adhesión a la apelación del demandado. La Corte Provincial acogió el recurso de apelación de la parte demandada y desechó la adhesión del actor. En consecuencia, la violación de trámite no tiene el efecto de trascendencia ni ha dejado en indefensión al actor, por lo cual, se desecha la causa segunda.

Por otra parte, en relación con la causal tercera, se reitera que no se puede valorar prueba, la cual es potestad de los jueces de instancia, y se constata que existió abundante fundamentación de la sala, además, de que la casación no constituye una tercera instancia.  

Decisión: No casa la sentencia, por no adecuarse a las causales segunda, tercera de la Ley de Casación.

Juicio No. 0002-2015

Antecedente fáctico: Un trabajador demandó a su ex empleadora por despido intempestivo.

Problema Jurídico: El recurrente invocó la causal tercera de la Ley de Casación, por cuanto se ha vulnerado el artículo 133 del Código de Procedimiento Civil.

Ratio Decidendi: Si bien el recurrente ha alegado que no se ha valorado correctamente las pruebas, el tribunal de casación no evidencia la transgresión de las normas jurídicas acusadas, más aún que no se puede revalorar pruebas. No se produjo ninguna actuación contraria a derecho en cuanto al ejercicio de la sana crítica al momento de apreciar las pruebas.

Decisión: No casa la sentencia, por no adecuarse a la causal tercera de la Ley de Casación.

Juicio No. 641-12

Antecedente fáctico: Un trabajador demandó a su ex empleadora por despido intempestivo.

Problema Jurídico: El recurrente invocó la causal primera del artículo 3 de la Ley de Casación, puesto que, se considera la infracción a los artículos 326 de la Constitución y 4 del Código de Trabajo.

Ratio Decidendi: Se analiza la alegación de falta de aplicación de los artículos 326 numeral 2 de la Constitución y 4 del Código de Trabajo por no ordenar en sentencia el pago de décimo quinto y sexto sueldos, compensaciones, bonificación complementaria y componentes salariales. Ahora, al momento en que el casacionista esgrimió la ausencia de aplicación de los artículos. El tribunal de casación observó que, los jueces valoraron las pruebas para determinar la existencia de la relación labora y el valor que debería recibir con sus respectivos componentes. No obstante, incurre en citra petita, al omitir pronunciarse de los décimos y demás, pero corresponde a la causal cuarta de la Ley de Casación, en la que no se fundamenta el casacionista, siendo este recurso riguroso y formalista.

Decisión: No casa la sentencia, por no adecuarse a la causal primera de la Ley de Casación.

 

Autoría: Ma. del Carmen Saona Rohon / Andrés Chong Qui Toris